¿Qué son las compensaciones de deudas en una compañía?

Las compensaciones por deudas por tributo , se basa legalmente en el articulo 71 de la Ley 58/2003 emitida el 17 de diciembre de ese mismo año, asimismo es conocida como general tributaria. También este tema se puede conseguir en el articulo 55 del Reglamento general de recaudación emitido por sentencia el 29 de julio mediante Real decreto 939/2005.

Pero ¿Qué es una compensación de deudas tributarias? pues podemos definirlo como un tipo de extinción de una deuda por concepto de tributo de manera parcial o total, a través del uso de unos créditos que son reconocidos como un acto de tipo administrativo que llegan a favorecer a un individuo.

¿Deseas conocer más del tema? Te invitamos que sigas con nosotros hasta el final ya que te revelaremos todo lo que debes hacer para poder optar a una compensación, pero antes de continuar es importante conocer lo siguiente:

¿Qué son las compensaciones de deudas en una compañía?

Dentro del mundo corporativo es normal estar en situaciones donde tenemos que realizar diferentes tareas y llegar a ser tanto clientes como proveedor. Pero por esta situación podemos tener un serio conflicto cuando toca realizar una compensación por deudas contraídas.

A nivel contable, este tipo de operaciones puede llegar afectar la imagen de cualquier empresa e incluso de un individuo. Si llegase a ocurrir sin duda sería un dolor de cabeza ya que, sería difícil detectar de donde procede tal monto, incluso después de haber saldado las deudas con los acreedores.

Sin embargo, en nuestro país existe una base legal donde se permite a una empresa liquidar sus deudas de esta manera, con el propósito de evitar tanto una demanda por incumplimiento de contrato ante un banco u otra compañía como llegar a incurrir en un delito tributario. En este sentido es importante estar al corriente de las deudas y no llegar a lidiar con este tipo de conflictos

Pero si llega a surgir un conflicto antes mencionado, déjanos deciros que su solución es sencillo y fácil. Por tal motivo es importante que un contrato entre las partes se encuentre bien especificado y detallado, por ejemplo, este debe contar el acuerdo entre ambas partes bien especificado, debe contar con los saldos, también debe contar con las facturas tanto de cargo y abonos correspondientes.

Compensación de deudas en la Administración e impuestos

A menudo sucede cuando un contribuyente posee una deuda con la administración y al mismo tiempo, esta lo tiene con él. Pero con la salvedad que se debe cumplir un requisito y es que la Administración pública sea en ese mismo momento tanto acreedor como deudor.

En este sentido el procedimiento es similar al proceso antes visto, pero un poco más fácil.

Cuando se tiene conocimiento de la existencia de una notificación donde se detalla todas las deudas y las formas de compensarlas, no se necesita del uso de un contrato ya que, se puede negociar con la administración maneras de compensar dichas deudas.

Un ejemplo de ello son los impuestos y las deudas tributarias.

Por lo general, esto ocurre cuando se tiene una deuda tributaria y al mismo tiempo se tiene un registro de pagos a corriente o se llegan a practicar algunas retenciones de impuestos. Es en ese momento cuando la Administración pública considera la cantidad de tributo que se debe y el monto que dicha Agencia tributaria nos debe por concepto de indemnización. De este modo, tanto los pagos como las retenciones se llegan a usar como compensación de las deudas.

Ten en cuenta que dicha compensación puede otorgársele a una persona natural que tenga una obligación tributaria, o a una persona jurídica a través de un oficio. A continuación, desarrollaremos con mayor detalle la compensación a instancia de la persona obligada tributaria y la compensación de oficio por la administración.

Compensación a instancia de la persona obligada tributaria

Es un tipo de compensación donde la persona que se encuentra obligada tributaria puede realizar la solicitud de compensación por deudas tributarias que tenga ya sea dentro de un periodo voluntario o en un periodo ejecutivo.

¿Cómo es la solicitud y documentación que debes tener?

Para solicitar una compensación este debe contar con tus datos tales como: nombres, apellidos, tu NIF y tu domicilio fiscal. En caso de ser una persona jurídica debes colocar la razón social, tu NIF y también tu domicilio fiscal. En ambos casos debe colocar la identificación de tu deuda tributaria a compensar y en caso de tenerlo debes colocar el crédito que la agencia tributaria te ha reconocido a tu favor. Asimismo, debes colocar el lugar, la fecha y la firma de la persona que está solicitando.

Aunado al documento de solicitud, debes tener el modelo correcto de autoliquidación debidamente llenado junto con los documentos reglamentarios, además debes contar con la justificación de dicha solicitud donde se te reconozca la compensación pendiente por pagar, la fecha cuando fue emitida y la suspensión del pago hasta que se llegue a resolver la solicitud de compensación.

Resolución de la solicitud

Una vez establecida la Resolución de la solicitud este debe ser notificada dentro de un plazo no máximo de seis meses. Una vez transcurrido este tiempo la solicitud se considerará desestimada.

Pero una vez que la compensación sea concedida, se entenderá que la deuda tributaria va a estar extinguida en cuanto al importe presente en el crédito. En caso que la deuda posea una importación superior al crédito, el excedente restante será objeto del procedimiento de pago ordinario. Aunque si llegase a surgir una situación donde el importe sea menor al crédito otorgado, entonces este monto llegara a ser abonado al individuo.

Si llegase a ocurrir que la compensación fue negada, el individuo tendrá que realizar el procedimiento ordinario de pago. En caso que la solicitud haya sido presentada dentro del periodo de pago voluntario, la notificación denegatoria del acuerdo iniciara el periodo de pago de la deuda, llegando a incrementar los intereses de demora que hayan sido devengados desde el momento que haya finalizado el tiempo para el pago dentro del periodo voluntario. Si esta solicitud fue presentada dentro del periodo ejecutivo, entonces se dará inicio al debido procedimiento de apremio.

Compensación de oficio por la Administración

Ante la situación que un individuo tributario sea titular más de un crédito reconocido por Hacienda Pública, este tiene la posibilidad de compensar las deudas que tenga con dicho crédito una vez que haya terminado el plazo voluntario para el pago.

Igualmente, es posible la práctica de compensación de oficio durante el tiempo voluntario de pago entre las diferentes cantidades que deben ser ingresadas o devueltas, esto en base a los resultados generados del procedimiento de inspección o de comprobación limitada, o aquellas que resulten de la práctica de la anulación de una liquidación anterior.

Con el uso de una compensación de oficio es posible declararse extinguidos tanto el crédito como una deuda de un importe. Ten presente que, si el importe de una deuda llega a superar el crédito, entonces el individuo tendrá que usar el régimen ordinario de pago por la cantidad restante. Si el monto de la deuda resulta ser menor al crédito otorgado, el monto restante se abonará para ser usado en otra indemnización.

¿Qué es la compensación deudas periodo ejecutivo?

Es un tipo de compensación que es solicitado a la administración pública con el propósito de tener compensar las deudas que un individuo tiene con la Hacienda. También es requerida para compensar los créditos que son reconocidos por la Agencia Tributaria a favor de la persona que lo solicita.

Requisitos de una compensación de deuda en periodo ejecutivo.

Debes tener obligaciones pendientes con Hacienda Pública, estas deudas deben ser de naturaleza pública, asimismo el individuo de contar con créditos otorgado por la administración de la Agencia Tributaria.

¿Cuál es la documentación que hay que presentar?

  1. La solicitud debe ser tramitada vía web o de manera personal en las oficinas de Hacienda.
  2. Junto con la solicitud debe anexarse la documentación requerida.

Es importante que tengas presente que los documentos requeridos para este tipo de compensación están regulados en el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, emitida el 1 de octubre en base al Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Debido a esto todos los individuos que se encuentren interesados en solicitar esta compensación serán responsables de la veracidad de cada uno de los documentos que lleguen a presentar.

Presentación de la solicitud

Por lo general en la página de la Agencia Tributaria va a poder encontrar un formulario de solicitud junto con los impresos requeridos, que vas a poder imprimir o guardar en su ordenador. Es necesario acotar que la presentación puede ser de la siguiente manera:

Por internet

La presentación de la solicitud usando este medio debe ir acompañada con la documentación legal como lo es DNI electrónico, registro electrónico, uno o varios certificados electrónicos reconocidos por la Administración Pública.

Es fundamental contar con toda la documentación que va a suministrar antes de comenzar con la gestión.

Durante la solicitud es posible que reciba notificaciones por este medio, pero esto ocurre solo cuando el usuario se ha dado de alta ante el Sistema de Notificaciones Telemáticas. Después de presentar toda la documentación por esta vía, estará eximido de ir de manera presencial. Ya registrada tu solicitud, estará habilitado el servicio de consulta de expedientes, desde allí vas a poder suministrar documentos en caso de ser necesario o ser usado para él envió de comunicación referentes a tu solicitud.

Presencial

Esta es una de las alternativas más tradicionales ya que consiste en ir a cualquier oficina de dicha Agencia Tributaria ya sea que pertenezca a la Administración General del Estado o en alguna otra oficina administrada por alguna otra comunidad autónoma o aquellas que se encuentran adherida a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano u otros lugares tales como las Oficinas de Correos y en las Representaciones diplomáticas de España en otros países. Con el fin de realizar dicha solicitud.

Este es una de las maneras que se da por cumplida una obligación existente por parte de un individuo. Antes de ahondar en el tema es fundamental repasar los cuatro tipos que hay de compensación, a pesar que frecuentemente solo se usan las 3 primeras que vamos a mencionar.

Es aquella compensación que está regulada por el Código Civil español y establecida en los artículos desde 1195 hasta el 1202. Es importante resaltar que este tipo de compensación es muy usada tanto por los acreedores como por los deudores , pero es la menos conocida.

Judicial

Es un tipo de compensación emitida por un juez a través de una sentencia mediante el cual determina una condena monetaria a favor de una de las partes y en contra de la otra de acuerdo a las exigencias formuladas durante el proceso. En otras palabras, este tipo de compensación es establecida durante un juicio en donde el Poder Judicial establece una orden de indemnización a una de las partes con el propósito de extinguir una deuda.

Convencional

Ocurre cuando dos individuos pactan extinguir de manera reciproca las obligaciones pendientes, pero sin acudir al poder judicial para el establecimiento de una resolución judicial de compensación enmarcado en el artículo 1255 del Código Civil.

Facultativa

Esta sucede cuando existen muchos obstáculos que llegan a impedir una compensación legal, por lo que es salvada por una de las partes de manera unilateral a favor de la otra.

Como lo mencionamos antes, la compensación legal está regida por el Código Civil en el que sus artículos van desde el 1195 hasta el 1202.

En el artículo 1195 de dicho código se establece el momento cuando se produce una compensación legal. En resumen, este sucede cuando dos individuos sean tanto deudor como acreedor una de la otra.

Para conocer los requisitos que debe tener una compensación legal lo puedes ubicar en el artículo 1196 del Código Civil, pero si no cuentas con esta herramienta aquí te lo mencionaremos a continuación:

  • Cada una de las partes sea acreedora y tenga obligaciones una de la otra al mismo tiempo.
  • La deuda de cada individuo sea una cantidad respectiva de dinero, en caso contrario que la deuda sea fungible esta debe ser acordada por las partes, también debe tener la misma calidad y ser del mismo tipo.
  • Es vital que ambas deudas estén vencidas.
  • Que dicha obligación sea exigible y liquida.
  • Esta compensación no debe contar con retención ni poseer contienda alguna con terceros, en caso de haberla este debe ser notificado con tiempo al deudor.

Entre las diferencias tenemos:

Sucede cuando llegan a cumplirse los requisitos establecidos en el artículo 1196 del Código Civil con pleno derecho, como resultado, existe la posibilidad de plantear la excepción con valor durante el mecanismo procesal establecido en el artículo 408 de la ley de Enjuiciamiento Civil.

Compensación judicial

Para que este tipo de compensación tenga efecto es necesario que se cumpla un requisito importante establecido en el artículo 1196 del Código Civil. Sin embargo, este requisito puede completarse durante el proceso por orden del juez, por tal motivo es necesario tener la acción que llegue a permitir la obtención del reconocimiento del crédito, su exigibilidad y su valor inherente, por esta razón es posible obligar a realizar un planteamiento de reconversión con el fin de producir los efectos extintivos de la obligación procurada.

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